Hornos y advertencias de peligro: cambios regulatorios

En el pasado era muy común rastrear – en hornos de microondas u otros tipos de hornos - una advertencia en la tapa que indicaba “Peligro: superficie caliente”. Con el paso de los años este tipo de avisos casi ha desaparecido, en relación a un restricción contenida en la norma armonizada de la Comisión Europea, que marcó la actualización del marco normativo anterior.

Advertencias de peligro y excepciones a los límites de temperatura

para motivar a los advertencias de peligro en las tapas de los hornos era precisamente el estandarte dedicado a ellos. en ES 60335-2-9:2003 + A2:2006 + A1:2004 + A2:2006 + A12:2007 + A13:2010, Por supuesto, hay uno tenga en cuenta que indicaría una posible desviación de las temperaturas máximas, aplicable en algunos casos y con, de hecho, la necesaria colocación del aviso de superficie caliente.

Mirando en el nota b de la tabla Z101 (agregado con el A13:2010) aprendemos que – si no se pueden cumplir los estándares de temperatura debido a limitaciones de construcción o dimensionales del aparato – el aumento máximo de temperatura podría ser el doble de los valores de la tabla. En ese caso concreto, por lo tanto, la advertencia de superficie caliente debe aplicarse al aparato.

Un aspecto básico a destacar es que esta importante modificación de los límites de temperatura estaría permitida sólo en presencia de una limitación constructiva o dimensional real y objetiva que impidió que se respetaran los límites originales.

La frase de la nota a la que se hace referencia explica perfectamente l’excepcionalidad del caso. Aquí está el texto completo: “Cuándo, debido a la construcción o limitaciones dimensionales del aparato, los valores requeridos no se pueden cumplir, el aumento máximo de temperatura no debe ser superior al doble de los valores indicados. En esos casos, se marcará una advertencia en la superficie correspondiente del aparato“.

La restricción de la Comisión Europea

En lista de normas armonizadas publicada en el European Journal, donde se implementa esta enmienda, encontrará una sección que excluye la nota anterior, redefiniendo los estándares para seguridad del producto.

El texto completo se informa: “La aplicación de las siguientes partes de la norma EN 60335-2-9:2003, modificada por última vez por A13:2010, no confiere una presunción de conformidad a los objetivos de seguridad establecidos en el punto 1(C) del anexo I de la Directiva 2014/35/UE, junto con el punto 2(b) de ese Anexo:

  • nota al pie b de la Tabla Z101 en la Sección 11,
  • las partes de la sección 7.1 que se refieren a la nota al pie b de la Tabla Z101,
  • las partes de la Sección 11.Z10x que se refieren a las aberturas de ventilación.”

La restricción en cuestión se produjo en 2017 y ha sido desde entonces, por lo tanto, que La nota b de la Tabla Z101 no se puede utilizar aumentando los límites de temperatura, ni siquiera informar la advertencia de peligro a la que se refiere la Tabla Z101.

Como es sabido, las normas armonizadas están redactadas por mandato del Comisión Europea y una decisión de este último tiene prioridad.

hoy, en la práctica de laboratorio y en análisis de seguridad del producto que seguimos como siempre, examinamos productos que, aunque correctamente en línea con los estándares actuales, llevar la advertencia de peligro, aunque esto no es necesario.

Estos no son productos atrasados, sino de casos que estimulan la reflexión sobre las advertencias entre productor y consumidor. la advertencia de “Peligro. superficie caliente” Lo es, claramente, una práctica no prohibido, pero en serio desaconsejable ya que los avisos innecesarios distraen de los importantes, en el que sería correcto centrar la atención.

Para solicitar más información sobre este tema, escribir a info@sicomtesting.com
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